En la mañana de hoy, el Equipo Legal de la FUNDACIÓN APOLO, que lidera el abogado José Magioncalda, presentó con la firma de los abogados Juan Martin FAZIO y Pablo Abdón TORRES BARTHE, un amparo ante el Juzgado Federal con competencia electoral de la Dra. María Romilda Servini de Cubría, a fin de que se garantice el derecho a voto de aquellos ciudadanos con PCR negativo que, por haber arribado recientemente del exterior se encuentren cursando, el día del comicio, el aislamiento de siete días que establecen las normas sanitarias.

El amparo se funda en que habiéndose establecido las regulaciones sanitarias a partir del dictado de decretos de necesidad y urgencia y de decisiones administrativas reglamentarias de los mismos, resultaría inconstitucional, en estos casos, la anulación del derecho a sufragar, dado que el art. 99, inc. 3° de la Constitución Nacional prohíbe el dictado de decretos de necesidad y urgencia en materia electoral.

Es el Congreso el poder del Estado que debió haber previsto las consecuencias electorales de la cuarentena, de cara a la sociedad y con un debate profundo sobre lo que significa la institución del sufragio como columna vertebral del sistema democrático y republicano

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