La Fundación Apolo, a través de su equipo de Activismo Judicial y junto a la ONG Voz de los Chicos, inició una acción amparo con solicitud de medida cautelar, con el objetivo de que se habiliten las salidas recreativas para niños y adolescentes en todos los distritos de la Provincia de Buenos Aires donde esta actividad de esparcimiento se encuentra actualmente prohibida.

En la presentación, se solicita la declaración de inconstitucionalidad del artículo 8 del DNU (PEN) n.o 408/2020, del artículo 20 del DNU (PEN) n.o 605/2020, del Decreto 604/2020, en cuanto recepta y delega la facultad antes mencionada, y de la Resolución n.o 1197/2020, del señor Jefe de Gabinete de la Provincia de Buenos Aires, en tanto establece, de modo ilícito e inconstitucional, la prohibición de las normas que posibilitan dicha prohibición: «Resulta contrario a la Constitución de la PBA que el señor Gobernador haya asumido, por decreto, la facultad de suspender los derechos que motivan el presente amparo y la haya transferido a un funcionario con rango ministerial. En efecto, el Poder Ejecutivo bonaerense no posee facultades legislativas: no puede restringir derechos. Por lo tanto, en el negado supuesto en que fuese constitucionalmente válida la delegación de suspender derechos realizada por el PEN, y dado que el artículo 8 del DNU mencionado delega en “las autoridades locales” dicha potestad, hubiera correspondido al Poder Legislativo de la PBA intervenir, mediante la sanción de leyes, en cualquier tipo de restricción a los derechos que se intentan proteger».

Es importante señalar que el permiso vigente para que los niños salgan a comprar con sus padres reviste mayor riesgo (porque los comercios son ambientes cerrados) que el que supone que concurran a plazas y parques abiertos. Y vale destacar, finalmente, que la restricción que se cuestiona afecta el derecho a la libertad ambulatoria, a la salud, a la integridad física y psíquica, y al esparcimiento de niños y adolescentes, tal como lo afirman los expertos en salud mental. De hecho, es un profesional de educación física quien tomó la iniciativa de este amparo, que tiene como objeto el esparcimiento social en toda la PBA siempre y cuando se tomen los recaudos necesarios para evitar el contagio, como es el distanciamiento social correspondiente.

El amparo quedó radicado, tras su sorteo, en el Fuero Civil y Comercial del Dpto Judicial de La Plata.

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