La Fundación Apolo, mediante sus apoderados Yamil Santoro y José Magioncalda y con el patrocinio de Juan Martín Fazio, inició un amparo con medida cautelar para dejar sin efecto la resolución que crea un privilegio personal para girar divisas con un tipo de cambio preferencial, a aquellas personas que hayan sido indemnizadas por violaciones a los derechos humanos ocurridas antes del 10 de diciembre de 1983, ya que el Banco Central de la República Argentina les otorga el infundado privilegio de comprar dólares sin impuestos y transferirlos a cuentas en bancos del extranjero.

La solicitud se funda en el derecho a la igualdad y la no discriminación que surge de la excepción que ha realizado el gobierno respecto de su propia política cambiaria.

Solicitamos, por tanto, la declaración de nulidad por violar el principio de igualdad ante la ley, que la Constitución Nacional Argentina garantiza para la totalidad de la ciudadanía. Remarcamos la ilegitimidad y falta de motivación del punto 4. de la Comunicación BCRA “A” 7052, debe dejarse sin efecto el acto discriminatorio y ordenando a la demandada a comunicar lo decidido a las entidades financieras mediante una Comunicación en sentido contrario. Mientras tanto, requerimos una medida cautelar para suspender la Comunicación A 7052, punto 4 del Banco Central de la República Argentina.

El amparo estará a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 8, a cargo de la Dra. Cecilia Madariaga de Negre.

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