Mediante los últimos DNU, el Poder Ejecutivo Nacional ha limitado la libertad ambulatoria de las personas en todo el territorio nacional; es decir, el Presidente de la Nación ha vulnerado, a través de sus medidas restrictivas, un derecho constitucional fundamental: el de circular libremente. Como respuesta, y en defensa de las libertades y derechos individuales que la Constitución Nacional y los tratados internacionales garantizan, la Fundación Apolo actuó oportunamente en consecuencia mediante un habeas corpus individual —que presentó su presidente, Antonio Fratamico, ante las autoridades de la Justicia Federal— para que se garantizara el derecho constitucional de circular libremente por la vía pública sin temor de ser detenido en el contexto de la pandemia del coronavirus.

Es importante destacar que, en marzo de 2020, la situación excepcional y abrupta del aumento de contagios obligó a instaurar medidas de carácter extraordinario a través del dictado de decretos de necesidad y urgencia (el ASPO y el DISPO) porque el Congreso Nacional, en ese entonces, no estaba sesionando, y el contexto apremiante dio lugar a las limitaciones a los derechos que consagra nuestra Constitución como reacción a la crisis, si bien quedó demostrado, más tarde, que fue una respuesta muy poco eficaz, pues los contagios siguieron aumentando, no prepararon el sistema de salud como habían prometido, la economía se destruyó y el bolsillo de la gente se vació. Sin embargo, desde aquella sorpresiva situación ha transcurrido más de un año sin que el Congreso Nacional dictara una ley específica en la que se establecieran parámetros consensuados que sirvan de base a la imposición de restricciones a los derechos individuales.

A pesar de la realidad sanitaria que estamos viviendo, no deben cercenarse los derechos y libertades de las personas bajo la excusa de la «necesidad y urgencia». Esa manera que tiene el Gobierno de eludir sus obligaciones y compromisos mediante pretextos no es más que negar las bases constitucionales sobre las que se erige todo Estado de Derecho y a las que nunca debe darse la espalda. Actualmente, el Poder Ejecutivo continúa recurriendo de manera desmedida al dictado de DNU para justificar la necesidad de suspender, restringir y alterar el ejercicio de ciertos derechos. Pero hoy ya debe dejarse en manos del Congreso Nacional la decisión de debatir dichas medidas restrictivas.

Y así lo dispuso la Justicia, que, finalmente, falló a favor y habilitó dicho habeas corpus, e intimó a Alberto Fernández a no emitir más DNU; en cambio, las restricciones deberían, a partir de ahora, analizarse y aprobarse en el Parlamento

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