El 2 de marzo, la Dra. Romina Tesone, jueza del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N.° 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, decidió conferirle carácter colectivo al amparo que habían iniciado la Fundación Apolo y los abogados José Lucas Magioncalda y Pablo Abdón Torres Barthe contra algunas normas de la nueva Ley 6357 de Integridad Pública que modificaron las normas anticorrupción de la Ciudad de Buenos Aires, en perjuicio de la transparencia y del acceso a los cargos públicos en razón de la idoneidad.

En efecto, mientras la norma anterior establecía que la autoridad de aplicación del órgano anticorrupción se designaba por concurso de oposición y antecedentes, la nueva ley establece un procedimiento con audiencia pública, en el cual el Jefe de Gobierno es quien decide. Esta modificación afecta la independencia del organismo y el derecho de los profesionales que cumplen con los requisitos de competir según sus antecedentes y conocimientos para ocupar el cargo de titular de la Oficina de Integridad Pública.

Además, se quitó a la entidad anticorrupción la potestad de accionar judicialmente, lo cual —junto con la modalidad de selección del funcionario a cargo— importa un debilitamiento del organismo, que contradice las normas internacionales en materia anticorrupción, según las cuales este tipo de entidades deben fortalecerse.

Asimismo, en el mismo proceso, caratulado «Fundación Apolo Bases para el Cambio y otros c/ GCBA s/ amparo-impugnación-inconstitucionalidad» (Expte. N.° 85669/2021-0), se ha solicitado una medida cautelar para que se suspendiera el proceso de selección de Fernando Sánchez, candidato que Horacio Rodríguez Larreta designó a dedo para ocupar el cargo de titular de la Oficina de Integridad Pública, hasta tanto recaiga una sentencia firme en el proceso que iniciaron la Fundación Apolo y los letrados Magioncalda y Torres Barthe.

Como ocurre en los procesos colectivos, el Juzgado ya dispuso una publicación por diez (10) días en la página web del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en los medios de difusión que tiene disponibles el citado organismo para hacer saber a todos los interesados que, en el plazo de diez (10) días, podrán presentarse en el expediente a los efectos de intervenir en el proceso.

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