Los Abogados José Lucas Magioncalda y Juan Martín Fazio, en representación de la Fundación Apolo, interpusieron un recurso de alzada al Sr. Titular de la Oficina Anticorrupción Félix Crous, contra Resolución Administrativa Registrada como Resolución SSIA N° 3/2020, Providencia PV-2020-31224302-APN-OA#PTE de la Carpeta de Investigación SISA N°12.122.

El día 11 de mayo de 2020 el Titular de la Oficina Anticorrupción, conforme surge de la resolución Resolución SSIA N° 3/2020, ha decidido desistir del rol de querellante en causas donde resulta imputada Cristina Elisabet Fernández de Kirchner y Otros. Este acto ofende particularmente intereses de la Fundación Apolo Bases para el Cambio, así como constituye una violación a la Ley 25.188, Ley 19.549, normativa de la Oficina Anticorrupción y a cláusulas constitucionales, por eso desde la institución se decidió impugnarlo.

El acto se sospecha de parcialidad, de tener como fin la protección de funcionarios públicos involucrados política e ideológicamente con el Titular del Organismo Anticorrupción que firma la Resolución, siendo que éste participaba de una agrupación política afín al actual Gobierno llamada “Justicia Legítima”, y el Poder Ejecutivo Nacional es a su vez el superior jerárquico de la Oficina Anticorrupción. Existe desviación de poder toda vez que el funcionario actúa con una finalidad distinta de la perseguida por la ley y desvirtúa los fines públicos perseguidos por el organismo Oficina Anticorrupción.

Por lo tanto, el Equipo de Activismo Judicial de la Fundación Apolo, solicita se deje sin efectos la Resolución Administrativa Registrada como Resolución SSIA N° 3/2020 Resolución Providencia PV-2020-31224302-APN-OA#PTE de la Carpeta de Investigación SISA N°12.122, por las cuales se forma la decisión administrativa discrecional de no continuar la OA su rol de querellante en varias causas que involucran a Cristina Fernández de Kirchner y otros, debiendo en consecuencia ordenarse retomar las correspondientes querellas.

Es importante destacar que la presentación administrativa mediante la cual se impugna la legalidad de lo decidido por la Oficina Anticorrupción, deberá ser resuelta por Presidencia de la Nación.

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